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Desde el año 2016 y hasta el 2020 pueden solicitarse ayudas LEADER para inversiones empresariales: tanto para proyectos de creación de empresas como para proyectos de mejora de la competitividad de empresas ya constituidas.

Se trata de subvenciones a fondo perdido que se conceden en régimen de concurrencia competitiva; lo que quiere decir que se realiza una selección de entre todos los proyectos que solicitan estas ayudas cuando las solicitudes de ayuda superan el presupuesto disponible. Las ayudas son fondos públicos que representan una proporción de las inversiones en inmovilizado fijo que la normativa considera que pueden subvencionarse.  Pueden obtenerse ayudas  que van desde el 22% al 30% de la inversión subvencionable (hasta el 40% para el sector agroalimentario).

Los emprendedores y empresarios deben solicitar estas ayudas antes de realizar las inversiones.

Estas ayudas proceden de un presupuesto de fondos públicos (del Fondo Europeo FEADER  y del Gobierno de Aragón) que se han concedido al  programa de actuación diseñado por el Centro de Desarrollo del Somontano denominado Estrategia LEADER “Desarrollo Somontano 20.20” , y que tendrá una duración de 7 años.

Aunque el programa durará 7 años, las ayudas se convocan anualmente en el Boletín Oficial de Aragón, y las subvenciones a los proyectos se deciden en dos o tres procesos de selección por año.

Convocatoria de 2019

Bases reguladoras: ORDEN DRS/1482/2016, de 18 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER en el marco del Programa de Desarrollo Rural para Aragón 2014-2020.

Convocatoria: ORDEN DRS/1767/2018, de 24 de Octubre, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas LEADER para la realización de operaciones conforme a las estrategias de desarrollo local LEADER, para el ejercicio 2019.

En 2018 hay dos procesos de selección de proyectos , y para cada uno de ellos  existen una fecha límite para solicitar la ayuda :

    • Procedimiento 1º:   hasta el día 28 de febrero de 2019.
    • Procedimiento 2º:  del 1 de marzo y hasta el 30 de septiembre de 2019.

 

Proyectos productivos

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Pueden solicitar ayuda las empresas independientes con menos de 20 trabajadores y menos de 4 millones de euros de facturación o de balance general, y aquellos emprendedores que creen una pequeña empresa por primera vez, que realicen inversiones subvencionables en la comarca de Somontano de Barbastro. Deben cumplir con los requisitos de la ley de subvenciones para poder recibir subvenciones públicas, y estar al corriente de obligaciones Tributarias  y con la Seguridad Social, y deben cumplir con todos los requisitos legales que les apliquen.

¿A qué sectores, actividades y tipos de proyectos van dirigidas estas subvenciones?

Hay unos tipos de proyectos y de gastos subvencionables, y otros que no lo son. En general no pueden subvencionarse proyectos del sector agrícola y ganadero, viviendas de turismo rural, producción de bioenergía a partir de determinados cultivos, producción de energías limpias para la venta de energía, y transporte. Existen otras excepciones y limitaciones.

Pueden solicitar las ayudas empresas de nueva creación y empresas ya existentes que realicen inversiones para la mejora de su competitividad. Las empresas pueden ser de sectores diversos (industria agroalimentaria, industria no agroalimentaria, turismo, servicios de proximidad en pequeñas localidades, servicios a las empresas, empresas del sector TIC…) aunque existen algunos sectores excluidos (comercio en Barbastro, bares y cafeterías en Barbastro…)  y a otros se les exige el requisito de creación de empleo.

¿Qué tipo de gastos se subvencionan?

Se pueden subvencionar gastos no realizados antes de tramitar la solicitud, que superen los 5.000 euros, y se realicen en construcción o mejora de inmuebles, compra de maquinaria y equipamiento nuevos, inversiones intangibles como los programas informáticos o patentes, y costes generales como proyectos de arquitecto , ingenieros o estudios de asesoría.

Criterios para seleccionar los proyectos y conceder la cuantía de subvención

Todos los expedientes deben cumplir los mismos  requisitos mínimos, y todos se valoran con los mismos criterios de selección .

Solicitudes

Se recomienda tramitar las solicitudes en las oficinas del CEDER Somontano, ya que ha sido habilitado  que para poder presentar telemáticamente las solicitudes de ayuda a través del Registro Telemático de la Administración del Gobierno de Aragón.

Aunque también es posible en los lugares previstos en la Ley de Procedimiento Administrativo Común (registros del Gobierno de Aragón, registros de cualquier órgano administrativo de la Administración General del Estado o de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón, y oficinas de Correos).

Más información: