El próximo 10 de octubre entrarán en vigor las modificaciones introducidas por la Ley 31/2015, por la que se modifica la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas para fomentarlo.

A continuación, resumimos los principales cambios:

Reducción en la cuota de tarifa plana. Se redondea la cuota a 50 € exactos la cuota que pagarán los nuevos autónomos durante los 6 primeros meses. Esto es así para quienes opten por cotizar por la base mínima que les corresponda, no obstante, quienes quieran aumentar la base tendrán una bonificación del 80% sobre la base mínima durante 6 meses.

Extensión de la tarifa plana. Los trabajadores autónomos que contraten trabajadores por cuenta ajena no perderán las bonificaciones de la “tarifa plana”. Además, se extiende la aplicación de estas bonificaciones a los socios de sociedades laborales.

Bonificaciones para personas con discapacidad, víctimas de violencia de género y terrorismo que se establezcan por cuenta propia. Si cotizan por la base mínima, la cuota será de 50€/mes durante los 12 primeros meses. Si se opta por cotizar por una base superior, la reducción en la cuota será del 80%. A partir de los 12 primeros meses y hasta cumplir 5 años de alta podrán disfrutar de una bonificación del 50% calculada sobre la base mínima de cotización.

Bonificaciones para familiares colaboradores. El cónyuge y familiares de trabajadores autónomos por consanguinidad y afinidad, hasta el 2º grado incluido, tendrán una derecho a una bonificación del 50% sobre la cuota resultante de aplicar la base mínima de cotización durante un periodo de 18 meses. La bonificación será del 25% durante los 6 meses siguientes.

Compatibilizar la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia. Hasta ahora sólo los menores de 30 años podían acceder a esta posibilidad, pero a partir de ahora todos los trabajadores autónomos, independientemente de su edad podrán percibir su prestación por desempleo durante un máximo de 270 días (9 meses).

Capitalización de la prestación por desempleo. Se amplía a todos los autónomos, con excepción de los TRADE, la posibilidad de capitalizar el 100% de la prestación para destinarla a inversión.

Segunda oportunidad. Se amplía de 2 a 5 años el tiempo en el que un trabajador autónomo puede “rescatar” su prestación por desempleo, en caso de que decida abandonar la actividad.

Más información:

Ley 31/2015, de 9 de septiembre, por la que se modifica y actualiza la normativa en materia de autoempleo y se adoptan medidas de fomento y promoción del trabajo autónomo y la economía social.