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SUMMARY:“Curso para la utilización de productos fitosanitarios - nivel básico”
DESCRIPTION:Organiza: Asaja Huesca.\nNúmero de asistentes: 20.\nFechas: 18\, 19\, 20\, 21 y 22 de octubre de 2021.\nHorario: todos los días de 8:30 a 13:30 horas.\nLugar de celebración: horas teóricas en Salón de la sede del Canal de Aragón y Cataluña\,\nsito en C/ Lérida\, 18\, CP 22500 en Binéfar (Huesca).\nLas prácticas se celebrarán en Parcela 22:83:0:0:12:78:0001\, de la misma localidad.\nParticipantes: dirigido a personas que manipulen fitosanitarios.\nSolicitudes: se facilitarán\, presentarán e irán dirigidas a Asaja Huesca\, en calle Fernando\nEl Católico\, 14\, bajos. CP 22300 de Barbastro (Huesca). Todo ello de acuerdo al modelo de\ninstancia que figura en el anexo I de este anuncio. Si el número de solicitudes presentadas\nfuera superior al número de plazas previstas para el curso\, se respetará el orden temporal de recepción de las mismas.\nObjetivo del curso: la obtención del carné para la utilización de productos fitosanitarios\n(nivel básico). Dicha capacitación\, que se entenderá justificada por la asistencia al curso y por la superación del oportuno examen\, se acreditará con la concesión del adecuado carné por el Departamento de Agricultura\, Ganadería y Medio Ambiente.\nPlazo de presentación de las solicitudes: desde la fecha de publicación de este anuncio en\nel “Boletín Oficial de Aragón” hasta el día anterior al inicio del curso.\nPrograma: el programa del “Curso para la utilización de productos fitosanitarios – nivel básico” es el que determina el anexo IV del Real Decreto 1311/2012\, de 14 de septiembre (“Boletín Oficial del Estado”\, número 223\, de 15 de septiembre de 2012.\n\nNota: cualquier modificación que hubiera que llevar a cabo\, relativa a cambio de fechas\,\nhorarios\, lugar de celebración de los cursos\, etc. se comunicará de manera urgente a los interesados. \n+ INFORMACIÓN
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SUMMARY:Fin de plazo: AYUDAS del “Programa ICEX Localiza” de ICEX España  Exportación e Inversiones (E.P.E.)
DESCRIPTION:Normativa: Bases reguladoras Orden ITC/979/2021 de 10 de septiembre. \n\n\nOrden de convocatoria: BOE nº 15225\, del 10/09/2021. \n\n\nEntidad convocante: Ministerio de Industria\, Comercio y Turismo. \n\n\n1.- OBJETO. Concesión de subvenciones destinadas a apoyar los proyectos de internacionalización en mercados exteriores\, con excepción de los mercados de los Estados miembros de la UE\, de pequeñas y medianas empresas españolas (PYMES) que cuenten con marca española propia.  \n2.- BENEFICIARIOS. \na) Ser PYMES de conformidad con el anexo 1 del Reglamento (UE) n.º 651/2014\, de la Comisión\, de 17 de junio de 2014 por el que se determinan categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. \nb) Contar con marca española propia tanto para el mercado doméstico como en el mercado de destino de la implantación. \nc) Si el proyecto presentado para su apoyo incluye una filial constituida en el mercado objetivo\, ésta deberá estar participada en más del 50 % de su capital por parte de la empresa solicitante y potencial beneficiaria de la ayuda\, excepto en los casos en los que la legislación local obligue a un porcentaje menor. \n3.- GASTOS SUBVENCIONABLES Los gastos subvencionables serán los establecidos en los siguientes bloques: \na) Gastos previos\, de constitución y primer establecimiento: \n 1.º Estudios de viabilidad.  \n 2.º Gastos de constitución de la filial\, sucursal u oficina de representación. \n 3.º Asesoramiento externo. \nb) Gastos de promoción ligados al desarrollo del plan de internacionalización en el mercado de implantación: \n 1.º Investigación de mercados. \n 2.º Material de difusión y promoción tanto en formatos físicos como digitales \n 3.º Contratación de servicios especializados para la adaptación gráfica de la marca al mercado de implantación\, del empaquetado y los manuales técnicos de los productos\, así como para el diseño o rediseño de productos. \n 4.º Desarrollo de programas informáticos y aplicaciones móviles con fines promocionales. \n 5.º Publicidad. \n 6.º Acciones de posicionamiento y marketing en redes sociales. \n 7.º Acciones promocionales. \n 8.º Patrocinios comerciales. \n 9.º Relaciones públicas. \n 10.º Participación en ferias. \n 11.º Asistencia en el mercado de destino a congresos y foros especializados\, tanto en formato presencial como virtual. \n 12.º Gastos derivados de consultas y suscripciones en materia de información sobre concursos y licitaciones\, exclusivamente para el mercado de destino. \nc) Gastos de defensa jurídica de la marca y homologación: \n 1.º Registro de patentes y marcas. \n 2.º Defensa de la marca.  \n3.º Homologaciones y certificaciones dirigidas al mercado de destino.  \n4.- PERIODO SUBVENCIONABLE. Las actuaciones a apoyar en el marco de este programa tendrán una duración máxima de veinticuatro meses\, estableciéndose la duración concreta en cada una de las convocatorias.  \n5.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. La subvención será el 50 % de los gastos considerados como susceptibles de subvención con un límite máximo de 30.000 euros por beneficiario\, independientemente del número de proyectos apoyados.  \n6.- PLAZO DE SOLICITUD. Hasta el 20 de octubre de 2021. \nCONVOCATORIA
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