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SUMMARY:Curso de imagen y vídeo marketing
DESCRIPTION:Curso teórico-práctico de imagen y vídeo marketing\, que tiene como objetivo mejorar la empleabilidad de los jóvenes\, aprendiendo herramientas\, para que en un futuro\, las puedan emplear y así poder trasmitir el mensaje claramente a través de la imagen y el vídeo.\nEl curso se divide en tres bloques:\n– Marketing digital: Qué son y como funcionan las redes sociales.\n– Fotografía Naturaleza: Manejo básico de la cámara o el móvil y diferentes especialidades de fotografía en la naturaleza.\n– Video marketing: Conocer las principales técnicas y elementos para que los videos transmitan el mensaje que queremos.\n\nMás información: www.somontano.org\nESPACIO JOVEN BARBASTRO\nTel. 666 458 177
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SUMMARY:Fin de plazo: APOYO AL COMERCIO DE PROXIMIDAD EN PEQUEÑAS LOCALIDADES Y MUNICIPIOS
DESCRIPTION:Normativa: Bases reguladoras EIE/815/2016\, de 25 de julio  (BOA nº 152\, del 08/08/2016) \n\n\nOrden de convocatoria: BOA nº 139\, del 01/07/2021. \n\n\nEntidad convocante: Departamento de Industria\, Competitividad y Desarrollo Empresarial. \n\n\n1.- OBJETO. Convocar las ayudas para el apoyo al comercio de proximidad en pequeñas localidades y municipios\, correspondiente al Programa de apoyo a la competitividad de las PYMES de comercio minorista aragonés y al Programa de apoyo especial al comercio de zonas rurales . \n2.- BENEFICIARIOS. Empresarios que\, en la fecha de solicitud\, cumplan alguna de estas condiciones:  \nA) Estén gestionando algún establecimiento de la Red de Multiservicios Rurales de Aragón\, con oferta comercial y que efectivamente hayan asumido el coste de los indicados consumos\, bien porque es el titular del suministro o bien porque lo haya abonado al propietario del local donde se desarrolla la actividad\, debiendo también cumplir los requisitos exigidos en esta convocatoria y sus proyectos sean seleccionados conforme a los criterios de valoración indicados en el apartado cuarto. \nB) Estén gestionando algún establecimiento comercial situado en una localidad o municipio aragonés con menos de 300 habitantes.  \n3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas: \n A) Los gastos derivados del coste del consumo energético y de comunicación generados directamente por la actividad de los Multiservicios Rurales y de los establecimientos comerciales que estén en localidades de menos de 300 habitantes y\, que estén en funcionamiento en la fecha de publicación de esta Orden.  \n B) Los gastos de reparación y mantenimiento de los elementos destinados a la actividad comercial.  \n4.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN El porcentaje máximo de ayudas a conceder será del 80% sobre el gasto subvencionable\, con un gasto máximo subvencionable de 3.000 euros\, por beneficiario.  \n5.- PLAZO DE SOLICITUD. Hasta el 2 de agosto de 2021. \n6.- PERIODO EJECUTABLE. Entre el 30 de julio de 2020 y el 1 de agosto de 2021 \nCONVOCATORIA \nTRAMITACIÓN
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SUMMARY:"Curso de bienestar animal en mataderos"
DESCRIPTION:Organiza: Litera Meat SLU \nNúmero de asistentes: en función del régimen de aforos establecido en la normativa por la que se adopten medidas de prevención para hacer frente a la pandemia COVID-19 (en ningún caso superior a 35). \nLugar celebración: Centro de Formación Litera Meat\, carretera Nacional 240\, km 128.5\, 22500 Binéfar (Huesca). \nCódigo del curso: BAM-014/2021. \nFechas: 5\, 10\, 12\, 17\, 19 de agosto de 2021. \nHorario: de 15:30 a 19:30. \nDuración: 20 horas lectivas. \nParticipantes: dirigido preferentemente a trabajadores de mataderos\, desempleados del sector y a las personas que deseen incorporarse a esta actividad. \nObjetivo del curso: la obtención del certificado de formación en materia de bienestar animal. La capacitación se conseguirá por la asistencia al curso y la superación de un examen\, y se acreditará mediante la expedición de un carné por el Departamento de Agricultura\, Ganadería y Medio Ambiente. \nSolicitudes: dirigidas a Centro de Formación Litera Meat\, carretera nacional 240\, km 128.5\, 22500 Binéfar (Huesca). Teléfono 647976036\, o por email a la dirección: cristina.lopez@literameat.eu. La solicitud se efectuará mediante el modelo adjunto. Si el número de solicitudes presentadas fuera superior al número de plazas previstas para el curso\, se respetará el orden temporal de recepción de las mismas. \nPlazo de presentación de las solicitudes: desde la fecha de publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial de Aragón» hasta la fecha previa al inicio del curso. \nCoordinador: Cristina López Parra. \nPrograma: \nMódulo general. \n1. Introducción. Aspectos generales de la legislación sobre bienestar animal y formación del personal encargado del cuidado y manejo de los animales. Ley 11/2003\, de 19 de marzo\, de Protección Animal de la Comunidad Autónoma de Aragón. Sociedad y bienestar animal. Situación en la Unión Europea. \n2. Anatomía y fisiología de los animales. Comportamiento animal. Bienestar animal y adaptación. Salud\, estrés\, enfermedad. Causas predisponentes y determinantes de la enfermedad. \n3. Aspectos prácticos del bienestar animal. Construcciones\, instalaciones y equipos. Manejo de los animales. Actuaciones ante lesiones y enfermedades de los animales. Ley 8/2003\, de 24 de abril\, de Sanidad Animal: Planes de alerta sanitaria\, sacrificios obligatorios\, identificación\, registro y documentaciones sanitarias. \nMódulo de actividades específica de mataderos. \n1. Manejo y cuidado de los animales antes de su sujeción. Evaluación en el matadero de la aptitud para el transporte. Responsabilidades. Incidencias y actuaciones. Recepción de animales. Manejo en la descarga\, en la conducción y en la estabulación. Prácticas prohibidas. \n2. Sujeción de los animales para aturdirlos o matarlos. Sistemas de sujeción existentes y sistemas específicos utilizados en el matadero. Conocimiento de las instrucciones del fabricante sobre el tipo de equipamiento de sujeción si se emplea la sujeción mecánica. \n3. Aturdimiento de los animales. Aspectos prácticos de las técnicas de aturdimiento y conocimiento de las instrucciones del fabricante relativas a los tipos de equipamientos de aturdimiento empleados. Parámetros clave. Métodos prohibidos. Métodos auxiliares de aturdimiento o de matanza. Mantenimiento y limpieza básicos del equipamiento de aturdimiento o matanza. \n4. Evaluación del aturdimiento efectivo. Indicadores de inconsciencia y sensibilidad. Puntos de control. Supervisión de aturdido efectivo. Determinación del tamaño de muestra. Factores de riesgo Muestreo reforzado. Métodos auxiliares de aturdimiento o de matanza. Revisión de métodos del aturdimiento y determinación de causas ante detección de deficiencias. \n5. Suspensión de los ganchos o elevación de animales vivos. Aspectos prácticos del manejo y de la sujeción de los animales. Prácticas prohibidas. \n6. Sangrado de animales vivos. Supervisión de la efectividad del aturdimiento y de la ausencia de signos vitales. Métodos auxiliares de aturdimiento o de matanza. Aspectos prácticos de las técnicas de sangrado. \n7. Sacrificio por rito religioso. Tipos de sacrificio religioso. Manejo en el sacrificio religioso. Control y supervisión de la inconsciencia. Control y supervisión de la ausencia de signos vitales. Métodos auxiliares de aturdimiento o de matanza. Uso y mantenimiento adecuados de los cuchillos de sangrado. \n8. Supuestos prácticos. \nINSCRIPCIONES
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SUMMARY:Fin de plazo: AYUDAS PARA MINIMIZAR EL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DE LA COVID-19 EN LOS ALQUILERES DE VIVIENDA HABITUAL
DESCRIPTION:Orden de convocatoria: BOA nº 143\, del 07/07/2021. \n\n\nEntidad convocante: Departamento de Vertebración del Territorio\, Movilidad y Vivienda. \n\n\n1.- OBJETO. Convocar\, en régimen de concesión directa\, ayudas al alquiler de vivienda en dos supuestos\, y siempre que la situación se haya producido como consecuencia del impacto económico y social de la COVID-19: \n– Las dirigidas a las personas arrendatarias de vivienda habitual que tengan problemas transitorios para atender el pago del alquiler. \n– Las destinadas a los arrendatarios de vivienda habitual que no puedan hacer frente a la devolución de ayudas transitorias de financiación avaladas por el Instituto de Crédito Ofcial. \n2.- BENEFICIARIOS. Podrá solicitar y ser beneficiaria de la ayuda la persona física que\, en su condición de arrendataria de vivienda habitual\, acredite estar en situación de vulnerabilidad económica y social sobrevenida como consecuencia de la COVID-19 durante el periodo a subvencionar o en los tres meses inmediatamente anteriores al mismo. \n3.- COSTES SUBVENCIONABLES \n– Pago de la renta arrendaticia. \n– En caso de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación\,se satisfará total o parcialmente el pago de la renta de la vivienda habitual\, y con el límite máximo del préstamo concedido. \n4.- PERIODO SUBVENCIONABLE. Las ayudas para el pago de la renta se concederán por un plazo de hasta 6 meses\, correspondiente al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de junio del año 2021. \n5.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN La cuantía de la ayuda tendrá los siguientes límites: \nA) para las ayudas al pago de la renta arrendaticia\, se abonará hasta el 100% de la misma\, con un máximo de 600 euros mensuales en función de los tramos por localidades que se establecen en el anexo I (tramos de renta máxima por localidades). \nSe incrementará el límite de la renta máxima mensual de la vivienda objeto de arrendamiento\, hasta alcanzar 900 euros en los supuestos de familias numerosas\, en las localidades del tramo máximo superior. En el resto de localidades se incrementará la renta máxima para familias numerosas según la proporción que corresponda. \nB) En el supuesto de haber accedido a las ayudas transitorias de financiación recogidas en el artículo 9 del Real Decreto-ley 11/2020\, de 31 de marzo\, la ayuda podrá llegar hasta un importe máximo de 5.400 euros con la que se satisfará total o parcialmente el pago de la renta de la vivienda habitual\, y con el límite máximo del préstamo concedido. \n6.- PLAZO DE SOLICITUD. Del 19 de julio de 2021 hasta el 6 de agosto de 2021. \nCONVOCATORIA \nINSCRIPCIÓN
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SUMMARY:Curso en Litera Meat sobre Sacrificio\, Faenado y Despiece de Animales
DESCRIPTION:• Esta convocatoria está dirigida a jóvenes desempleados inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil y se iniciará el próximo mes de agosto. \n• El Centro Formativo Litera Meat genera nuevas oportunidades profesionales a través de diversos cursos enmarcados en la industria alimentaria. \nEl Centro de Formación de Litera Meat ha convocado un nuevo curso especializado en Sacrificio\, Faenado y Despiece de Animales que se iniciará el próximo mes de agosto y al cual podrán acceder un total de 13 alumnos/as que deberán cumplir alguno de los siguientes requisitos: \n\n\nPoseer el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria\, EGB o equivalente. \n\n\nContar con un certificado de profesionalidad del mismo nivel del módulo y/o del certificado de profesionalidad al que se desea acceder.  \n\n\nHaber obtenido un certificado de profesionalidad de nivel 1 de la misma familia y área profesional. \n\n\nCumplir el requisito académico de acceso a los ciclos formativos de grado medio o haber superado las pruebas de acceso reguladas por las administraciones educativas. \n\n\nTener superada la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años y/o de 45 años. \n\n\nEl programa formativo consta de una duración de 400 horas presenciales y se divide en tres bloques: sacrificio y faenado de animales\, despiece y tecnología de la carne y operaciones y control de almacén de productos cárnicos. \nUna vez superado el temario los alumnos/as obtendrán su correspondiente certificado de profesionalidad ampliando conocimientos y oportunidades de empleo en la industria alimentaria. \nHaz clic para preinscribirte en este curso ✓  \n\n\nCurso: Sacrificio\, Faenado y Despiece de Animales \n\n\nEntidad y centro: Litera Meat S.L.U | Ctra N240 km 128.5 Polígono Industrial El Sosal 22500 Binéfar (Huesca) \n\n\nFecha: Agosto 2021 (fecha a determinar próximamente) \n\n\nPlazas: 13 alumnos/as \n\n\nDuración: 400 horas \n\n\nContacto: Cristina López\, coordinadora del Centro de Formación de LM cristina.lopez@literameat.eu | 974 414 203
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SUMMARY:Fin de plazo: AYUDAS A PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN\, DESARROLLO EN INNOVACIÓN EN EL ÁMBITO DE LA INDUSTRIA CONECTADA 4.0
DESCRIPTION:Normativa: Bases reguladoras ITC/713/2021\, de 29 de junio (BOE nº 160\, del 6/07/2021) \n\n\nOrden de convocatoria: BOE nº 186\, del 05/08/2021. \n\n\nEntidad convocante: Ministerio de Industria\, Comercio y Turismo. \n\n\n1.- OBJETO.Desarrollo de proyectos de investigación industrial\, proyectos de desarrolloexperimental\, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos\, en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 y tendentes al cumplimientode los objetivos de la misma. \n2.- BENEFICIARIOS. Sociedades que no formen parte del sector público\, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud\, y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Orden ICT/713/2021\, de 29 de junio. \n3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de investigación industrial\, desarrollo experimental\, los proyectos de innovación en materia de organización y procesos\, según se definen a continuación: \na) Investigación industrial: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos\, procesos o servicios\, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes. \nb) Proyectos de desarrollo experimental: La adquisición\, combinación\, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes\, de índole científica\, tecnológica\, empresarial o de otro tipo\, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos\, procesos o servicios nuevos\, modificados o mejorados.  \nc) Proyectos de innovación en materia de organización: La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales\, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores. \nd) Proyectos de innovación en materia de procesos. La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas\, equipos o programas informáticos). \ne) Proyectos de validación preliminar: Se incluyen en esta tipología proyectos de innovación encuadrados en la línea Activa-PYME y destinados a la validación preliminar y el desarrollo de pruebas de concepto y desarrollos iniciales. \n4.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. \nLa financiación total a conceder será como máximo del 80 por ciento del presupuesto financiable. \nPréstamos rembolsables al tipo de interés del 0% y con un plazo de amortización total de 5 años con 2 de carencia para línea ACTIVA-PYME y de 10 años con 3 años de carencia para línea ACTIVA-Grandes Implementaciones. \n5.- PLAZO DE SOLICITUD. Desde el 06 de agosto de 2021 hasta el 17 de agosto de 2021. \n6.- PERIODO EJECUTABLE. Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión. \nCONVOCATORIA
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SUMMARY:Fin de plazo: AYUDAS 2021. INVERSIÓN\, MEJORA  Y DIGITALIZACIÓN DEL PEQUEÑO COMERCIO
DESCRIPTION:1.- OBJETO. Convocar las ayudas con destino a iniciativas empresariales de inversión y mejora\, así como de digitalización en el pequeño comercio correspondientes a los Programas de apoyo a la competitividad de las PYMES de comercio minorista aragonés.  \n2.- BENEFICIARIOS. Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas\, bien sean personas físicas o jurídicas\, y las sociedades civiles  \n3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. \n1. Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas las actuaciones dirigidas a: \n  a) La inversión y mejora en los comercios minoristas. \n b) La digitalización de la PYME del sector del comercio minorista.  \n2. Las actuaciones objeto de subvención se realizarán en establecimientos comerciales\, existentes o de nueva creación\, ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón. \nSerán gastos subvencionables aquellas inversiones en activos fjos que deriven de los conceptos que se describen a continuación.  \n a) Inversión y mejora de los comercios\, tales como:  \n – Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal\, o la supresión de barreras para personas con discapacidad. \n – Mejoras y equipamiento de escaparates. \n – Rótulos\, toldos y marquesinas exteriores. \n b) Digitalización de la PYME:  \n – Herramientas de conocimiento de cliente y su fidelización; herramientas CRM\, marketing digital\, inteligencia de negocio y programa de fidelización de clientes. \n – Transformación digital del comercio; creación de web\, Apps\, comercio electrónico\, pasarelas de pago y soluciones en ciberseguridad. \n – Digitalización del punto de venta; adquisición de equipos Terminal Punto de Venta\, herramientas de gestión del inventario (almacén y stock en tienda)\, pedidos a proveedores\, logística de entrega y herramientas para el control de caja\, facturación y contabilidad. \n4.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables\, con un gasto máximo subvencionable de 3.500 euros\, por establecimiento comercial.  \n5.- PLAZO DE SOLICITUD. Hasta el 29 de agosto de 2021.  \n6.- PERIODO EJECUTABLE. Entre el 16 de septiembre de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud. \nCONVOCATORIA \nINSCRIPCIÓN
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SUMMARY:Fin de plazo: AYUDAS 2021 PARA EL SECTOR ARTESANO
DESCRIPTION:Normativa: Bases reguladoras EIE/815/2016\, de 25 de julio (BOA nº 152\, del 08/08/2016) \n\n\nOrden de convocatoria: BOA nº 154\, del 22/07/2021. \n\n\nEntidad convocante: Departamento de Industria\, Competitividad y Desarrollo Empresarial. \n\n\n1.- OBJETO. Convocar para el año 2021 ayudas para el sector artesano\, que contempla acciones en los siguientes ámbitos estratégicos: \na) Programa de instalación\, mejora\, acondicionamiento y reforma del taller de producción\, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano. \nb) Participación en ferias comerciales del correspondiente sector de actividad o relacionadas con el mismo. \nc) Nuevos profesionales artesanos  \n2.- BENEFICIARIOS. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones de esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas\, bien sean personas físicas o jurídicas\, incluyendo las sociedades civiles\, que tengan su domicilio fiscal en Aragón\, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón\, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos (Orden de 24 de enero de 2001\, “Boletín Oficial de Aragón”\, número 18\, de 12 de febrero de 2001) excepto el subsector 12 (servicios y bienes de consumo) y el subsector 14 (Artesanía Alimentaria). \n3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones: \n1. Programa de instalación\, mejora\, acondicionamiento y reforma del taller de producción\, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano. \n a) Obras para la instalación\, reforma\, ampliación o mejora de talleres artesanos.  \n b) Adquisición de maquinaria\, herramientas o equipamiento para el taller artesano.  \n2. Participación\, como expositor\, en ferias profesionales\, comerciales o mercados de artesanía fuera de la Comunidad Autónoma o en ferias internacionales que tengan lugar en la Comunidad Autónoma de Aragón\, celebradas entre el período 1 de septiembre de 2020 hasta la fecha de presentación de la solicitud. \n3. La incorporación de nuevos profesionales a la actividad artesana. \n4.- GASTOS SUBVENCIONABLES \n1. Realización de inversiones en el taller artesano: Respecto a la instalación\, reforma\, ampliación o mejora de talleres artesanos\, las siguientes inversiones en activos fijos\, con un máximo 20.000 euros y un mínimo de 1.500 euros de inversión subvencionable: \n\n\nObras de acondicionamiento del local destinado a la producción\, actividad o comercialización de los productos artesanos. \n\n\nMaquinaria e instrumental vinculado a la actividad productiva artesanal. \n\n\nEquipamiento de las instalaciones productivas\, de almacenamiento y del local comercial vinculado directamente a la actividad artesanal. \n\n\nAplicaciones y programas informáticos destinados a contabilidad\, facturación\, marketing digital\, comercio electrónico\, páginas web\, investigación y diseño\, debiéndose especificar en la memoria descriptiva la descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad artesana. \n\n\nKit de digitalización. Incluye equipo necesario para fotografiado\, elaboración de fichas de catálogo y carga de producto en plataforma. Excluye la adquisición de cámaras fotográficas\, teléfonos móviles y ordenadores personales. \n\n\nAdquisición de equipos Terminal Punto de Venta y otros equipos específicos de gestión comercial. \n\n\n2. Participación en ferias profesionales\, comerciales o mercados de artesanía fuera de la Comunidad Autónoma de Aragón\, o en ferias internacionales que tengan lugar en la Comunidad Autónoma de Aragón\, celebradas entre el período 1 de septiembre de 2020 hasta la fecha de presentación de la solicitud\, con un gasto máximo subvencionable de 5.000 euros por solicitante: \n\n\nCanon de ocupación e inscripción. \n\n\nInstalación y decoración de stands en los espacios contratados a tal efecto. \n\n\n3. Incorporación de nuevos profesionales\, se considerarán nuevos profesionales artesanos los profesionales que se hayan dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas por la actividad de fabricación o producción artesanal\, a partir de enero de 2020 hasta la fecha de solicitud y ser ésta\, su actividad principal\, permaneciendo en dicha situación de alta en el IAE\, en la fecha de la solicitud. Serán subvencionables las cotizaciones a la seguridad social como trabajador autónomo o la parte empresarial de las cotizaciones en el caso de trabajadores por cuenta ajena. La cuota mínima mensual necesaria para acceder a la ayuda será de 200 euros. El porcentaje subvencionable no excederá del 80%\, con un tope máximo de subvención de 210 euros por cada mes de actividad. \nLas actuaciones anteriores deberán haberse ejecutado con anterioridad a la presentación de la solicitud de la ayuda. \n5.- PLAZO DE SOLICITUD. Desde el 23 de julio de 2021 hasta el 31 de agosto del 2021.  \n6.- PERIODO EJECUTABLE. El periodo de gasto y de pago de las actuaciones subvencionables comprenderá desde el 1 de septiembre de 2020 hasta la fecha de presentación de la solicitud\, así como la actuación subvencionable deberá haberse realizado en dicho periodo. \nCONVOCATORIA \nTRAMITACIÓN
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