Fecha: 13/11/2020, Fuente: BOA Nº 226.

El sector turístico es uno de los sectores que más daños han sufrido a lo largo de esta pandemia a raíz del cierre de toda actividad turística, cierre de fronteras etc…

La evolución de la pandemia y el crecimiento de los datos epidemiológicos de contagio en nuestra Comunidad Autónoma ha provocado la necesidad de aprobar el régimen jurídico de alerta sanitaria en su fase III agravada y que ha obligado a tomar unas medidas muy restrictivas que sobre todo afectan al sector del Ocio Nocturno , Bares y cafeterías , reduciendo el aforo de terrazas y limitando el horario de apertura de locales Bares y Restaurantes.

Todo ello agrava la situación en la que ya se encontraban establecimientos como bares y todo el sector de ocio nocturno.

Nos encontramos en un momento de excepcionalidad que afecta de forma considerable a la viabilidad de este sector de actividad lo que ha obligado alas instituciones a intervenir.

De este modo, el Gobierno de Aragón  ha elaborado la «Estrategia Aragonesa para la recuperación Social  y Económica  de Aragón» en la que se recogen diversas medidas de índole social, política, económica y ambientales.

En el marco de la categoría que se refiere a la recuperación económica de Aragón se enmarcan estas ayudas que vienen a paliar la difícil situación en la que se encuentra el sector de la hostelería.

¿Quiénes son los Beneficiarios?

Las empresas que sean autónomos o pymes que pertenezcan a los siguientes sectores: bares, ocio nocturno, comercio al por mayor de alimentos y bebidas de distribución del canal HORECA y catering y comidas preparadas para eventos.

¿Qué requisitos se exigen para solicitarlas?

  • Tener el domicilio fiscal en la Comunidad de Aragón de Aragón en el caso de autónomos, que el establecimiento para el que se solicita la ayuda se encuentre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón.
  • Asimismo, los beneficiarios deberán estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto con la Hacienda del Estado como con la de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón y con la Seguridad Social. No obstante, de conformidad con Disposición adicional segunda de la Ley 10/2019, de 30 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma para 2020, sin perjuicio de las comprobaciones que con carácter facultativo pueda realizar la Administración, se exonera del cumplimiento de la acreditación precedente cuando la cuantía de la subvención o ayuda no exceda de 1.000 euros por beneficiario.
  • Únicamente podrán ser beneficiarios las cafeterías y restaurantes si se acredita que están autorizados para realizar la actividad de ocio nocturno.

Importe de las ayudas.

1. Bar: 1.000 euros por establecimiento.

2. Ocio Nocturno, Comercio al por mayor de alimentos y bebidas canal HORECA y Catering y comidas preparadas para eventos: 3.000 euros por establecimiento.

La cuantía total a percibir por beneficiario en ningún caso superará los 10.000 euros.

Plazo de presentación de las solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación ( 16 de Noviembre hasta el 11 de Diciembre). Se realizará a través del Tramitador on line del Gobierno de Aragón disponible en este ENLACE.

Más Información:

Resumen 

Bases y Convocatoria

Extracto