CONVOCATORIA: Ayudas para inversiones no productivas en el entorno del Parque de Guara

  • Bases reguladoras: Orden MAT/1272/2024, de 30 de septiembre de las subvenciones para actuaciones no productivas a realizar en las zonas de influencia socioeconómica de los ENP de Aragón.
  • Orden de convocatoria: ORDEN MAT/1590/2024, de 18 de diciembre, por la que se convocan subvenciones para inversiones en activos físicos en actuaciones no productivas a realizar en las zonas de infuencia socioeconómica de los espacios naturales protegidos de Aragón, en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común, PEPAC 2023-2027, para el año 2025.
  • Entidad convocante: Departamento de Medio Ambiente y Turismo del Gobierno de Aragón.

1.- OBJETO. Actuaciones no productivas a realizar en las zonas  de influencia socioeconómica de los espacios Naturales Protegidos de Aragón para el año 2023

 2.- BENEFICIARIOS.

– Personas físicas y jurídicas.

– Asociaciones sin ánimo de lucro.

– Empresas

3.- INVERSIONES SUBVENCIONABLES

a) Restauración y mejora de hábitats degradados y actuaciones en beneficio de las especies que definen dichos hábitats. Acciones de control y eliminación de especies exóticas invasoras.

b) Creación, mejora o restauración de infraestructuras de acceso y conectividad en el medio natural, como las vías pecuarias y cualquier otro tipo de infraestructura verde que mejore la conectividad.

c) Acciones dirigidas a fomentar la ganadería extensiva, como la creación y mantenimiento de infraestructuras ganaderas.

d) Apoyo a beneficiarios que sean titulares o gestores de pastos para la realización de pequeñas infraestructuras como la restauración de apriscos, construcción y reforma de cercados, pastores eléctricos, antenas para seguimiento satelital del ganado, mangas de manejo, lazaretos, pasos canadienses, abastecimiento de agua tales como balsas de almacenamiento, abrevaderos y conducciones para abastecimiento de los mismos, así como mejora de los propios pastizales (resiembras, desbroces,… ) y de los accesos a los mismos.

e) Acciones para fomentar la mejora de las condiciones sanitarias de los usos ganaderos en régimen extensivo y a minimizar el riesgo de transmisión de enfermedades entre ganadería y fauna silvestre.

f) La creación de pequeñas infraestructuras que permitan compatibilizar las explotaciones de ganadería extensiva con la presencia de fauna silvestre.

g) La conservación y mejora de sistemas agrosilvopastorales.

h) Protección, conservación y mejora de la biodiversidad en el medio rural, y en concreto de las poblaciones de aves propias de las tierras agrícolas.

i) Fomento de la apicultura y de las poblaciones de los polinizadores silvestres.

j) Actuaciones dirigidas a la conservación del paisaje natural y de los elementos singulares del paisaje agrario tradicional, así como del patrimonio etnológico y cultural.

k) Acciones destinadas a la mejora del uso social del medio natural como mejorar la accesibilidad universal, y actividades de información, sensibilización o educación ambiental.

l) Creación y adecuación de sendas y caminos rurales o de accesos a fincas, rutas y otras actuaciones complementarias, creación de áreas de servicio para avituallamiento, estancias y descanso, aparcamientos disuasorios para vehículos, señalización e información.

4.- GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. a) Los costes vinculados a la ejecución material de la inversión.
  2. b) La construcción o mejora de bienes inmuebles.
  3. c) La compra de nueva maquinaria.
  4. d) Actividades de comunicación, sensibilización y educación ambiental.
  5. e) Los costes generales vinculados a los gastos contemplados anteriormente, tales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores, honorarios relativos al asesoramiento sobre la sostenibilidad económica y medioambiental, incluidos los estudios de viabilidad.

5.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN.  Hasta el 40% y excepcionalmente hasta el 60%, no pudiendo superar en ningún caso la cantidad de 15.000 euros por solicitud.

6.- PLAZO DE SOLICITUD.  Del 28/12/2024 al 16/01/2025