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  • Normativa: Bases reguladoras Real Decreto 149/2021, 9 de marzo.
  • Orden de convocatoria: BOE Ref. 84683, del 09/06/2021.
  • Entidad convocante: Consejería de Transición energética y Sectores Productivos.

1.- OBJETO. Convocar las subvenciones para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias.

2.- BENEFICIARIOS. Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública legalmente constituidas, titulares de una explotación agropecuaria, comunidades de regantes, titulares de explotaciones agrícolas de regadío, empresas de servicios energéticos (ESE) o proveedores de servicios energético, comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía y cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida.

3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.

a) Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.

b) Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias.

4.- COSTES SUBVENCIONABLES (costes elegibles)

A.-Los costes de gestión de solicitud de la ayuda.

Se considerarán costes de gestión de solicitud de la ayuda, aquellos gastos que el destinatario último de la ayuda pudiera satisfacer a una empresa o profesional por llevar a cabo la gestión administrativa y documental de su solicitud ante la comunidad autónoma, por lo que tales gastos, para ser admitidos como coste elegible, deberán de encontrarse debidamente contemplados y detallados en documento u oferta vinculante contractual formalizada con el empresario o profesional correspondiente.

En ningún caso se admitirá que tales gastos de gestión superen el 4% del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 3.000 € por expediente.

B.- La realización de auditorías energéticas que permitan identificar y evaluar adecuadamente las medidas a implantar de mejora de la eficiencia energética.

C.- Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados.

D.- Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.

E.- Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones, incluyendo obra civil asociada e instalaciones auxiliares necesarias.

F.- En el caso particular de instalaciones geotérmicas, el coste de la realización de los estudios, ensayos TRT, sondeos y simulaciones previas a la realización del diseño de la instalación.

G.- La inversión en equipos y materiales efectuada.

H.- Los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de estas ayudas.

I.- Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.

5.- PERIODO SUBVENCIONABLE. Del 15 de junio al 31 de diciembre de 2021, o hasta agotamiento presupuestario.

6.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. La cuantía máxima de las ayudas, para cada una de las tipologías de actuaciones subvencionables, será la siguiente:

a) Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío: Límite máximo: 30% del coste elegible.

b)Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y energías renovables en explotaciones agropecuarias: Límite máximo: 30% del coste elegible.

*Nota: Cuantía máxima de 20.000 €

7.- PLAZO DE SOLICITUD. Hasta el 31 de diciembre de 2021.

INFORMACIÓN

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