- Normativa: Bases reguladoras Real Decreto 149/2021, 9 de marzo.
- Orden de convocatoria: BOE Ref. 84683, del 09/06/2021.
- Entidad convocante: Consejería de Transición energética y Sectores Productivos.
1.- OBJETO. Convocar las subvenciones para la realización de actuaciones de eficiencia energética en explotaciones agropecuarias.
2.- BENEFICIARIOS. Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública legalmente constituidas, titulares de una explotación agropecuaria, comunidades de regantes, titulares de explotaciones agrícolas de regadío, empresas de servicios energéticos (ESE) o proveedores de servicios energético, comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía y cualquier organización o asociación de productores agrícolas reconocida.
3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
a) Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
b) Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y utilización de energías renovables en explotaciones agropecuarias.
4.- COSTES SUBVENCIONABLES (costes elegibles)
A.-Los costes de gestión de solicitud de la ayuda.
Se considerarán costes de gestión de solicitud de la ayuda, aquellos gastos que el destinatario último de la ayuda pudiera satisfacer a una empresa o profesional por llevar a cabo la gestión administrativa y documental de su solicitud ante la comunidad autónoma, por lo que tales gastos, para ser admitidos como coste elegible, deberán de encontrarse debidamente contemplados y detallados en documento u oferta vinculante contractual formalizada con el empresario o profesional correspondiente.
En ningún caso se admitirá que tales gastos de gestión superen el 4% del importe de la ayuda solicitada, con un límite de 3.000 € por expediente.
B.- La realización de auditorías energéticas que permitan identificar y evaluar adecuadamente las medidas a implantar de mejora de la eficiencia energética.
C.- Los costes de la redacción de los proyectos técnicos relacionados.
D.- Los costes de la dirección facultativa de las actuaciones.
E.- Los costes de ejecución de las obras y/o instalaciones, incluyendo obra civil asociada e instalaciones auxiliares necesarias.
F.- En el caso particular de instalaciones geotérmicas, el coste de la realización de los estudios, ensayos TRT, sondeos y simulaciones previas a la realización del diseño de la instalación.
G.- La inversión en equipos y materiales efectuada.
H.- Los costes de redacción de informes y demás documentación requerida para la solicitud y justificación de estas ayudas.
I.- Los costes de gestión de la justificación de la realización de las actuaciones.
5.- PERIODO SUBVENCIONABLE. Del 15 de junio al 31 de diciembre de 2021, o hasta agotamiento presupuestario.
6.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. La cuantía máxima de las ayudas, para cada una de las tipologías de actuaciones subvencionables, será la siguiente:
a) Actuación 1: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de regadío: Límite máximo: 30% del coste elegible.
b)Actuación 2: Mejora de la eficiencia energética y energías renovables en explotaciones agropecuarias: Límite máximo: 30% del coste elegible.
*Nota: Cuantía máxima de 20.000 €
7.- PLAZO DE SOLICITUD. Hasta el 31 de diciembre de 2021.