1.- OBJETO. Convocar las ayudas con destino a iniciativas empresariales de inversión y mejora, así como de digitalización en el pequeño comercio correspondientes a los Programas de apoyo a la competitividad de las PYMES de comercio minorista aragonés.
2.- BENEFICIARIOS. Podrán acceder a esta línea de ayudas las pequeñas y medianas empresas (PYMES) comerciales minoristas, bien sean personas físicas o jurídicas, y las sociedades civiles
3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
1. Serán objeto de subvención con cargo a estas ayudas las actuaciones dirigidas a:
a) La inversión y mejora en los comercios minoristas.
b) La digitalización de la PYME del sector del comercio minorista.
2. Las actuaciones objeto de subvención se realizarán en establecimientos comerciales, existentes o de nueva creación, ubicados en la Comunidad Autónoma de Aragón.
Serán gastos subvencionables aquellas inversiones en activos fjos que deriven de los conceptos que se describen a continuación.
a) Inversión y mejora de los comercios, tales como:
– Obras de adecuación y equipamiento para la accesibilidad universal, o la supresión de barreras para personas con discapacidad.
– Mejoras y equipamiento de escaparates.
– Rótulos, toldos y marquesinas exteriores.
b) Digitalización de la PYME:
– Herramientas de conocimiento de cliente y su fidelización; herramientas CRM, marketing digital, inteligencia de negocio y programa de fidelización de clientes.
– Transformación digital del comercio; creación de web, Apps, comercio electrónico, pasarelas de pago y soluciones en ciberseguridad.
– Digitalización del punto de venta; adquisición de equipos Terminal Punto de Venta, herramientas de gestión del inventario (almacén y stock en tienda), pedidos a proveedores, logística de entrega y herramientas para el control de caja, facturación y contabilidad.
4.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN. Dentro del crédito disponible la cuantía máxima individualizada de la subvención por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 3.500 euros, por establecimiento comercial.
5.- PLAZO DE SOLICITUD. Hasta el 29 de agosto de 2021.
6.- PERIODO EJECUTABLE. Entre el 16 de septiembre de 2020 y la fecha de presentación de la solicitud.