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Normativa: Bases reguladoras ITC/713/2021, de 29 de junio (BOE nº 160, del 6/07/2021)
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Orden de convocatoria: BOE nº 186, del 05/08/2021.
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Entidad convocante: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
1.- OBJETO.Desarrollo de proyectos de investigación industrial, proyectos de desarrolloexperimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 y tendentes al cumplimientode los objetivos de la misma.
2.- BENEFICIARIOS. Sociedades que no formen parte del sector público, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud, y que cumplan todas las condiciones establecidas en el artículo 4 de la Orden ICT/713/2021, de 29 de junio.
3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES. Podrán ser objeto de ayuda los proyectos de investigación industrial, desarrollo experimental, los proyectos de innovación en materia de organización y procesos, según se definen a continuación:
a) Investigación industrial: la investigación planificada o los estudios críticos encaminados a adquirir nuevos conocimientos y aptitudes que puedan ser útiles para desarrollar nuevos productos, procesos o servicios, o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
b) Proyectos de desarrollo experimental: La adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.
c) Proyectos de innovación en materia de organización: La aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores.
d) Proyectos de innovación en materia de procesos. La aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado (incluidos cambios significativos en cuanto a técnicas, equipos o programas informáticos).
e) Proyectos de validación preliminar: Se incluyen en esta tipología proyectos de innovación encuadrados en la línea Activa-PYME y destinados a la validación preliminar y el desarrollo de pruebas de concepto y desarrollos iniciales.
4.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN.
La financiación total a conceder será como máximo del 80 por ciento del presupuesto financiable.
Préstamos rembolsables al tipo de interés del 0% y con un plazo de amortización total de 5 años con 2 de carencia para línea ACTIVA-PYME y de 10 años con 3 años de carencia para línea ACTIVA-Grandes Implementaciones.
5.- PLAZO DE SOLICITUD. Desde el 06 de agosto de 2021 hasta el 17 de agosto de 2021.
6.- PERIODO EJECUTABLE. Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud y hasta un plazo máximo de veinticuatro meses contados desde la fecha de resolución de la concesión.