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Normativa reguladora: Real Decreto 5/2018 (BOE nº 12, 13-01-2018)
- Orden de convocatoria: BOA nº 95, de 04/05/2021
- Entidad convocante: Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón.
1.- BENEFICIARIOS.
Las personas viticultoras y futuras viticultoras, cuyos viñedos se destinen a la producción de uva para vinificación.
Según establece el artículo 2.e) del Real Decreto 1363/2018, de 2 de noviembre, futura viticultora es aquella persona física o jurídica, o agrupación de personas físicas o jurídicas, con independencia de la forma jurídica de la agrupación o de sus miembros, como las comunidades de bienes o las explotaciones de titularidad compartida, que sea titular de una resolución de arranque, autorización de replantación, derecho de replantación, o autorización por conversión de derechos inscritos a su nombre en el registro vitícola, y que no sea viticultor.
2.- OBJETO:
a) Adaptación de la producción al mercado caracterizado por mayor demanda de vinos de calidad.
b) Mejora de las estructuras de las explotaciones vitícolas.
c) Mejora de la renta y de la profesionalización de los viticultores.
3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
A) Participar en los costes de reestructuración y reconversión del viñedo, que comprenden:
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Reconversión varietal.
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Mejora de las técnicas de gestión de viñedos.
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Reimplantación de viñedos.
B) Compensar a las personas viticultoras por la pérdida de ingresos derivada de la aplicación de las medidas de reestructuración y reconversión del viñedo.
6.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN: Hasta el 40% de la inversión subvencionable (ver detalle en base decimoquinta punto 1).
7.- PLAZO DE SOLICITUD: hasta el 17 de Mayo de 2021.