Candidaturas.
1. Podrán optar al Premio «Medio Ambiente de Aragón», en todas sus modalidades, todas aquellas personas físicas o jurídicas, públicas o privadas cuya actividad a favor del medio ambiente se desarrolle total o parcialmente en esta comunidad autónoma y que hayan destacado por su trayectoria o por un proyecto o actividad concreta en defensa de los valores ambientales y naturales en el entorno físico o cultural de Aragón, no habiendo incurrido en sanción por infracción administrativa o delito medioambiental.
2. Las candidaturas podrán ser presentadas por los propios candidatos o por otras personas, grupos de personas, entidades o instituciones, que avalen su trayectoria en el ámbito ambiental, importancia del proyecto o actuación para la defensa de los valores ambientales en nuestra comunidad autónoma, y el currículum del candidato o la entidad de que se trate.
3. Las candidaturas al Premio, en cualquiera de sus modalidades, irán dirigidas a la Dirección General de Sostenibilidad del Departamento de Desarrollo Rural y Sostenibilidad del Gobierno de Aragón, acompañándose de una memoria en la que se expongan los méritos y currículum de la persona o entidad que se propongan y de la documentación justificativa de los trabajos o actividades realizados.
Modalidades.
a) Premio «Medio Ambiente de Aragón 2016».
b) Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito académico.
d) Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito de la Administración Local.
e)Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito de las entidades sin ánimo de lucro.
f) Premio «Medio Ambiente de Aragón» en el ámbito de las Empresas.
Plazo y presentación de candidaturas.
El plazo de presentación de candidaturas será de un mes desde la publicación de la presente orden de convocatoria en el «Boletín Oficial de Aragón».