- Convocatoria: ORDEN AGA/619/2024, de 5 de junio, BOA nº 115 (14/06/2024)
- Entidad: Departamento de Agricultura, ganadería y alimentación.
1.- OBJETO. Aumentar la utilización de materias primas en los procesos productivos y mejorar su transformación y comercialización, favoreciendo así el aumento del valor añadido de los productos agrícolas y alimentarios
2.- BENEFICIARIOS. Personas físicas, jurídicas o sus agrupaciones titulares de industrias agroalimentarias ubicadas en Aragón que transformen, comercialicen o desarrollen productos agrarios o alimentarios.
3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
- Las inversiones materiales o inmateriales para transformar, comercializar o desarrollar los productos agrícolas y alimentarios siempre y cuando la inversión se ejecute en el medio rural.
- Los proyectos podrán tener por objeto no sólo medios productivos sino también aquellos elementos relacionados con el Pacto Verde Europeo, la innovación, la sostenibilidad y la transformación digital de los procesos críticos de negocio y, en particular, los relacionados con el incremento de ventas.
- La implantación de tecnologías y procedimientos para desarrollar productos nuevos o de mayor calidad y apertura de nuevos mercados, sistemas de calidad, procesamiento de biomasa agrícola para producción de energía o la incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogás) y cogeneración.
4.- GASTOS SUBVENCIONABLES.
- Construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
- Compra de nueva maquinaria y equipos, adquisición y/o mejora de activos tangibles e intangibles
- Costes generales como honorarios de arquitectos, ingenieros y asesores.
- Inversiones intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor y marcas registradas.
- Inversiones derivadas de la puesta en marcha de proyectos tendentes al incremento de ventas: mejora de la comercialización, implantación de nuevos canales de ventas u otros relacionados.
- Inversiones tendentes a garantizar una oferta estable del producto comercializado o de la puesta en marcha de estructuras estables que integren a los eslabones de la cadena de valor alimentaria, desde la producción a la comercialización
5.- Tipo y características de la subvención. Entre el 10% y el 25% de las inversiones subvencionables, con una cuantía máxima 1.000.000€. En determinados casos, se puede incrementar en un 20% más. No se admitirán proyectos que supongan una inversión total inferior a 100.000€. No podrán ser objeto de subvención actividades iniciadas antes de la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.
6.- PLAZO DE SOLICITUD: hasta 4 de noviembre de 2024.
Presentar la solicitud en formato electrónico en la Sede electrónica del Gobierno de Aragón, con su certificado electrónico o clave permanente a través de la url: https://www.aragon.es/tramites