Fecha: 29/07/2020, Fuente: Gobierno de Aragón.

 

Beneficiarios.

Pequeñas y medianas empresas, autónomos y entidades de economía social que desarrollen una actividad económica y que cuenten con centro de trabajo en Aragón en el que desarrollen la actividad y lleven a cabo las acciones objeto de la subvención reguladas en la presente convocatoria.

Para las ayudas dirigidas a la adopción de medidas para el desarrollo seguro de la actividad económica frente al COVID-19 quedan excluídos los solicitantes pertenecientes al siguiente epígrafe de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009: Actividad I “Hostelería”, división 55 “Servicios de alojamiento”.Los solicitantes pertenecientes a la división 56 “Servicios de comidas y bebidas” podrán ser beneficiarios en caso de que tengan el CNAE 563 “Establecimientos de bebidas”

Objeto.

Esta Orden establece las condiciones de acceso, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia simplificada, a subvenciones para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia COVID-19 en Aragón, dirigidas a inversiones para el desarrollo seguro de la actividad económica frente al COVID-19 y para la modernización a través de la digitalización de los centros de trabajo de los beneficiarios de estas ayudas.

Bases reguladoras.

Orden EPE/660/2020, de 23 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de apoyo a las pymes, autónomos y entidades de economía social de Aragón para paliar los efectos en la actividad económica de la pandemia COVID-19, mediante la concesión de ayudas a inversiones para el desarrollo seguro de la actividad económica frente al COVID-19 y para digitalización (“Boletín Oficial de Aragón”, número 149, de 29 de julio de 2020).

Plazo presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas comenzará el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón” y durará hasta la conclusión de su vigencia, lo cual sucederá cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:

a)Que, conforme a las solicitudes recibidas, se agote el presupuesto disponible.

b)Que se llegue a 20 de octubre de 2020.

Otros datos.

La solicitud y documentación complementaria se presentará a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Aragón: https://www.aragon.es/tramites, indicando en el buscador el procedimiento número 2391, de conformidad con lo establecido en los apartados decimosegundo, decimotercero y decimocuarto de la Orden de convocatoria.

Para cualquier aclaración o información acerca de la tramitación, los interesados podrán dirigirse al correo electrónico [email protected], prestándose a los interesados el apoyo preciso con objeto de facilitar que realicen correctamente los trámites correspondientes.

Resumen

Convocatoria

Extracto

Bases Reguladoras