Fecha: 21/07/2020, Fuente: BOA Nº 143

El Gobierno de Aragón ha convocado mediante Orden CDS/617/2020, de 8 de Julio, ayudas para jóvenes aragoneses que residan en el exterior y que deseen regresar a Aragón dentro del programa Retorno del Talento Joven Aragonés. Se trata de una ayuda económica de hasta 3.000 euros por persona beneficiaria. Los gastos que pueden ser subvencionados por esta ayuda son:

  • Gastos de desplazamiento: la cuantía máxima de la ayuda será el importe del billete o pasaje dentro de la tarifa correspondiente a la clase turista o equivalente de la persona beneficiaria, así como los de los familiares a su cargo que convivan con ella, desde la localidad de origen a la del nuevo destino.
  • Gastos ocasionados por el traslado de mobiliario y enseres desde la localidad de origen hasta Aragón.
  • Gastos de alojamiento y/o guardamuebles, cuando no se disponga de residencia habitual, durante dos meses desde el regreso de la persona beneficiaria. Se podrán incluir igualmente los gastos correspondientes a la fianza.

Tienen la consideración de familiares el cónyuge o la persona con quien conviva en análoga relación de afectividad a la conyugal y descendientes dentro del primer grado de parentesco que convivan con la persona beneficiaria.

Requisitos para optar a la ayuda

Para poder disfrutar de esta ayuda debes cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber nacido en Aragón o haber estado empadronado como mínimo un año ininterrumpido, antes de tu salida fuera de la Comunidad Autónoma, en alguna localidad de la misma, dentro de los quince años anteriores al 1 de enero de 2020.
  • Haber residido o trabajado fuera del territorio de la Comunidad Autónoma de Aragón durante al menos un año ininterrumpido inmediatamente anterior a la fecha del retorno.
  • Ser menor de 36 años en el momento de regreso al territorio de la Comunidad Autónoma.
  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
  • No encontrarse en ninguna de las prohibiciones o exclusiones recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
  • Estar inscrito en el Programa Retorno del Talento Joven Aragonés. Se puede acceder a la inscripción en este enlace.

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