1.- OBJETO.

  1. Programa de instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano.
  2. Participación en ferias comerciales del correspondiente sector de actividad o relacionadas con el mismo.
  3. Actividades formativas.

2.- BENEFICIARIOS.

Pequeñas y medianas empresas (PYMES) artesanas, bien sean personas físicas o jurídicas, incluyendo las sociedades civiles, que tengan su domicilio fiscal en Aragón, y que se hallen inscritas en el Registro General de Artesanía de Aragón, con una actividad que esté incluida en el Repertorio de Oficios Artesanos, excepto los subsectores excluidos por la convocatoria.

3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.

Serán objeto de subvención las siguientes actuaciones:

  1. Instalación, mejora, acondicionamiento y reforma del taller de producción, del almacén o local comercial vinculado directamente al taller artesano.
    1. 1. Obras para la instalación, reforma, ampliación o mejora del taller de producción, del almacén o local comercial.
    2. 1. Adquisición de maquinaria, herramientas o equipamiento para taller de producción, del almacén o local comercial.
  2. Participación como expositor en ferias profesionales, comerciales o exposiciones individuales o colectivas.
  3. Actividades formativas y de enseñanza especializada.

4.- GASTOS SUBVENCIONABLES

4.1. Realización de inversiones en el taller de producción, almacén o local comercial: Respecto a la instalación, reforma, ampliación o mejora del taller de producción, almacén o local comercial, las siguientes inversiones en activos fijos, con un máximo 20.000 euros de inversión subvencionable:

  • Obras de acondicionamiento del taller de producción, almacén o local comercial.
  • Maquinaria e instrumental vinculado a la actividad productiva artesanal.
  • Equipamiento de las instalaciones productivas, de almacenamiento y del local comercial vinculado directamente a la actividad artesanal.
  • Aplicaciones y programas informáticos destinados a contabilidad, facturación, marketing digital, comercio electrónico, páginas web y catálogos de producto, investigación y diseño, debiéndose especificar en la memoria descriptiva la descripción de sus principales funciones y su relación con la actividad artesana.
  • Kit de digitalización. Incluye equipo necesario para fotografiado, elaboración de fichas de catálogo y carga de producto en plataforma. Excluye la adquisición de cámaras fotográficas, teléfonos móviles y ordenadores personales.
  • Adquisición de equipos Terminal Punto de Venta y otros equipos específicos de gestión comercial.

4.2. Participación, como expositor, en ferias profesionales, comerciales o exposiciones individuales o colectivas.

  • Canon de ocupación o inscripción.
  • Gastos de instalación de stands en los espacios contratados a tal efecto.
  • Gastos de transporte de la mercancía a exponer salvo cuando se realice por medios propios.
  • Gastos de publicidad realizados para el evento en cuestión.

4.3 Actividades formativas:
• Gastos directamente relacionados con la realización de actividades formativas y de enseñanza especializada previstas en la convocatoria.

5.- PLAZO DE SOLICITUD.

Desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria hasta el 1 de septiembre del 2026.

6. – NORMATIVA APLICABLE

• Bases reguladoras: Orden EIE/815/2016, de 25 de julio, modificada por las Órdenes ICD/833/2020, ICD/417/2021 y PEJ/561/2026.
• Convocatoria: Orden ECE/920/2026, de 8 de junio.
• Entidad convocante: Departamento de Economía, Competitividad y Empleo del Gobierno de Aragón.

CONVOCATORIA