1.- BENEFICIARIOS.
Podrán solicitar las ayudas, con cargo al ejercicio presupuestario de 2024:
a) Las personas que tengan Resolución de reconocimiento del grado de discapacidad igual o superior al 33%, a fecha de finalización del plazo de solicitud de esta convoca toria.
b) Las personas que tengan Resolución de reconocimiento de valoración de la situación de dependencia con grado II y III, a fecha de finalización del plazo de solicitud de esta convocatoria.
2.- TIPOLOGÍA DE AYUDAS, CONDICIONES ESPECÍFICAS Y CUANTÍAS MÁXIMAS.
c) Ayudas para eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación funcional de la vi vienda habitual e individual de la persona en situación de discapacidad y/o depen dencia:
1. Adaptación del baño o construcción de baño adaptado: Hasta 1.800 euros.
2. Adaptación de cocina: Hasta 1.500 euros.
3. Plataforma o silla salva-escaleras: Hasta 1.500 euros.
4. Construcción o colocación de rampas: Hasta 600 euros.
5. Ensanche y cambio de puertas: Hasta 600 euros.
6. Adaptación y/o colocación de puertas automáticas: Hasta 600 euros.
Requisitos:
La persona destinataria deberá haber obtenido un porcentaje igual o superior al 25 % en el baremo de limitaciones en las actividades de movilidad (BLAM) para la consideración de existencia de movilidad reducida tal y como estipula el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, o en su defecto se considerará la existencia de dificultades de movilidad si se encuentra en alguna de las situaciones descritas en los apartados A, B, C, o si en los apartados D, E, F, G y H ha obtenido un mínimo de 7 puntos, tal y como se establece en el anexo 2 del baremo para determinar la existencia de dificultades para utilizar transportes colectivos para quienes con anterioridad a la entrada en vigor del Real Decreto 888/2022, de tuvieran reconocido este concepto, con arreglo al procedimiento establecido en el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, o en su caso reconocido el grado II o III de dependencia,
a) La eliminación de barreras o adaptación funcional corresponderá al domicilio habitual en el que conste empadronada la persona solicitante.
3.- SOLICITUDES
El plazo de presentación de las solicitudes es hasta el 28 de mayo de 2024.