1.- OBJETO. Realizar la convocatoria de ayudas para favorecer la innovación de las empresas mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en régimen de concurrencia competitiva para el año 2026, en el marco del Programa de Ayudas a la industria y la PYME en Aragón (PAIP)

2.- BENEFICIARIOS. Podrán ser beneficiarios de las ayudas las Pequeñas y Medianas Empresas (PYME) o autónomos que desarrollen o vayan a desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

Las empresas beneficiarias deberán estar radicadas y desarrollar su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón, estar válidamente constituidas como máximo antes de la finalización del mes natural inmediatamente posterior al cierre del plazo de presentación de solicitudes correspondiente, así como estar vinculadas a la actividad industrial.

También aquellas que realicen otras actividades conexas o complementarias que puedan contribuir al desarrollo industrial de la Comunidad Autónoma, y otras actividades económicas cuando éstas resulten innovadoras o con potenciales diferenciados de valor añadido, económico o social.

3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES Y ÁMBITOS DE ACTUACIÓN

Los trabajos a desarrollar en las empresas beneficiarias deberán realizarse con arreglo a las instrucciones que figuran en el anexo I de esta Orden, la metodología y las herramientas desarrollados por el CADI, Centro Aragonés de Diseño Industrial y a lo establecido en esta Orden.

En el desarrollo de los trabajos se utilizarán los manuales, guías y listas de chequeo publicados por el CADI que figuran en su página web: https://www.aragon.es/-/publicaciones-13-1.

Los trabajos a desarrollar dentro del sistema de ayudas podrán situarse en los siguientes ámbitos o modalidades:

a) “Producto”, cuyo objetivo es incorporar la metodología que facilite la gestión del diseño de productos en las empresas.

b) “Identidad”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la mejora de la gestión de la identidad corporativa y de marca de las empresas y del diseño como parte significativa de ellas.

c) “Servicios”, cuyo objetivo es incorporar una metodología que facilite la gestión del diseño del servicio de las empresas.

El período máximo para realizar las actuaciones objeto de las ayudas (período subvencionable) se establece desde el 16 de noviembre de 2025 hasta el 15 de noviembre de 2026, ambos inclusive, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las se establece desde el 16 de noviembre de 2025 hasta el 15 de noviembre de 2026, ambos inclusive, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Dentro del citado periodo máximo, la resolución de concesión concretará el periodo subvencionable para el desarrollo de cada trabajo.

Los proyectos no podrán recibir ayudas si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que el beneficiario presente la solicitud de ayuda correspondiente a la presente convocatoria.

4.- CUANTÍAS Y PORCENTAJES DE AYUDAS.

5.- PLAZO DE SOLICITUD.

El plazo de presentación de solicitudes de las ayudas será hasta el 30 de abril de 2026, inclusive.

CONVOCATORIA

  • Normativa: Bases reguladoras ORDEN PEJ/498/2026, de 9 de marzo, por la que se convocan para el ejercicio 2026, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del Programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón (PAIP).

  • Orden de convocatoria: ORDEN PEJ/498/2026, de 9 de marzo, por la que se convocan para el ejercicio 2026, las ayudas para favorecer la innovación mediante el desarrollo del diseño industrial y su gestión, en el marco del Programa de ayudas a la industria y la PYME en Aragón (PAIP).

  • Entidad convocante: Industria, Competitividad y Desarrollo Empresarial.