1.- OBJETIVO Y LÍNEAS DE AYUDA.
Apoyo al comercio de proximidad en localidades y municipios de menos de 500 habitantes.
2.- BENEFICIARIOS.
Podrán ser beneficiarios los empresarios que, en la fecha de solicitud, cumplan alguna de estas condiciones:
- Los empresarios que estén gestionando algún multiservicio rural con oferta comercial, debiendo ser los titulares de los contratos de los consumos acreditados.
- Los empresarios que estén gestionando algún establecimiento comercial situado en una localidad o municipio aragonés con menos de 500 habitantes.
3.- GASTOS SUBVENCIONABLES.
- a) Consumo energético (electricidad, gas y gasoil), abastecimiento de agua y comunicación, generados directamente por la actividad comercial de los multiservicios rurales y de los establecimientos comerciales.
- b) Gastos de reparación y mantenimiento de los elementos destinados a la actividad comercial.
- c) Gastos de mantenimiento de programas informáticos, software, herramientas informáticas para la gestión del negocio y el marketing online.
4.- CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA.
La cuantía máxima por beneficiario será de hasta el 80% de los gastos subvencionables, con un gasto máximo subvencionable de 5.000 euros.
5.- PERIODO SUBVENCIONABLE.
La actuación subvencionable deberá de haberse ejecutado entre el 10 de junio de 2025 y la fecha de presentación de la solicitud.
6.- PLAZO DE SOLICITUD.
Un mes a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOA.
Las solicitudes se podrán cumplimentar a través de la url: ENLACE SOLICITUD DGA y también imprimirla para su firma manuscrita y presentarla a través de las oficinas de asistencia en materia de registros.
Convocatoria: Orden PEJ/671/2026, de 21 de abril — BOA nº 88, de 12 de mayo de 2026.
Entidad convocante: Vicepresidencia del Gobierno y Departamento de Presidencia, Economía y Justicia del Gobierno de Aragón.