• Normativa: Bases reguladoras Orden EFP/217/2022, de 17 de marzo.

  • Orden de Convocatoria: Orden EFP/217/2022, de 17 de marzo (BOE n.º 69. 22-03-2022).

  • Entidad convocante: Ministerio de Educación y Formación Profesional.

1.- OBJETO. Se convocan ayudas para la formación de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales en sectores estratégicos, destinada a empresas, asociaciones empresariales y entidades sin ánimo de lucro para el ejercicio económico del año 2022, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

2.- BENEFICIARIOS.

  • Empresas, a título individual y que presenten proyectos de formación y, en su caso, de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.

  • Agrupaciones de empresas, consorcios, organismos y entidades sectoriales, de cualquier dimensión, que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para un número conjunto no inferior a 20 trabajadores de las distintas empresas.

  • Entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos de formación, y en su caso de acompañamiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, para población activa en búsqueda de empleo, así como para colectivos de especial vulnerabilidad.

3.- GASTOS SUBVENCIONABLES.

  • Gastos dirigidos a la formación de trabajadores a través de módulos de formación referenciados en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, incluyendo todos los costes indubitadamente vinculados a la formación, tales como gastos organizativos, gastos directos e indirectos que pudieran generarse como consecuencia de la programación, difusión, implementación, seguimiento, evaluación y certificación de las actividades formativas, gastos de personal formador, gastos para el alquiler de infraestructuras físicas o telemáticas, y otros gastos asociados.

  • Gastos asociados al acompañamiento para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral, y vías no formales de formación de los trabajadores.

4.- CARACTERÍSTICAS DE LA FORMACIÓN. La formación que se programe se adaptará, a las necesidades de cualificación y recualificación de los trabajadores de las empresas a las que se encuentren vinculados.

Se dará prioridad a los sectores emergentes recogidos en el Plan de Modernización de la Formación Profesional y que se consignan en el Anexo I de la presente orden.

ANEXO I

Sectores prioritarios recogidos en el plan de modernización de la Formación Profesional  

1. Nueva tecnología avanzada de la información.  

2. Fabricación mecánica automatizada y robótica.  

3. Equipos aeronáuticos.  

4. Equipo de transporte ferroviario moderno.  

5. Vehículos basados en energía y equipos nuevos.  

6. Maquinaria agrícola.  

7. Nuevos materiales.  

8. Biofarmacia y productos médicos avanzados.  

9. Cadena de consumo: Fabricantes y distribuidores.

10. Hostelería y turismo.

11. Servicios de atención a personas.

12. Otros sectores de interés debidamente caracterizados.

5.- PRESUPUESTO Y LÍMITES DE LAS AYUDAS. Los módulos de formación contendrán un mínimo de 30 horas de formación y un máximo de 60 horas de formación. 

Cada módulo de formación tendrá una subvención fija de un mínimo de 245 euros por persona formada, para la formación de 30 horas, y un máximo de 549 euros por persona formada, para los módulos formativos que alcancen las 60 horas formación, siendo los gastos máximos proporcionales al número de horas en acciones formativas mayores de 30 y menores de 60 horas.

El proyecto podrá ser cofinanciado por el beneficiario de la ayuda y por la comunidad autónoma en el que se encuentre ubicado, pudiendo alcanzar este apoyo hasta el 40% del presupuesto financiable del proyecto.

6.- PLAZO DE SOLICITUD. El plazo de presentación de solicitudes será hasta el 30 de abril de 2022.

CONVOCATORIA