• Normativa: Bases reguladoras Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre .

  • Orden de convocatoria: Orden EPE/1891/2021, de 30 de diciembre (BOA n.º 8, 1301-2022)

  • Entidad convocante: Departamento de Economía, Planificación y Empleo

1.- FINALIDAD. Convocar, para el ejercicio 2022, las subvenciones destinadas a la financiación del “Programa Investigo”, de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación

2.- BENEFICIARIOS. Empresas pertenecientes al sector público o privado, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en esta norma.

3.- ACTIVIDAD SUBVENCIONADA. De acuerdo con lo establecido en el artículo 6 de la Orden TES/1267/2021, de 17 de noviembre, la actividad subvencionada consistirá en la contratación de personas jóvenes de acuerdo con la legislación vigente, para el desarrollo y ejecución de las funciones, tareas e iniciativas de investigación e innovación, que sean competencia de las entidades y centros beneficiarios dentro del “Programa Investigo”.

4.- DESTINO, CUANTÍAS Y FINANCIACIÓN DE LAS AYUDAS.

Las subvenciones para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.

La duración de los contratos a subvencionar será de un mínimo de 12 meses y un máximo de 24 meses.

Los contratos objeto de subvención, que habrán de ser a tiempo completo, se realizarán conforme a la normativa laboral vigente.

No se podrán contratar personas jóvenes que hayan desempeñado cualquier tipo de puesto de investigación en la misma entidad, empresa o grupo de empresas dentro del período de los 6 meses inmediatamente anteriores al inicio del nuevo contrato.

Los costes laborales objeto de la subvención incluirán:

a) Costes laborales y salariales, incluyendo los gastos de cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.

b) Ayudas al desplazamiento, por importe de 1.000 euros por año a tanto alzado por persona contratada, cuando estas tengan residencia en provincia diferente de donde van a desempeñar su puesto de trabajo. Estas ayudas serán de aplicación a un máximo del 50 por ciento de las personas contratadas por una misma entidad, hasta agotar el crédito disponible a tal fin.

5.- REQUISITOS Y CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE PERSONAS CONTRATADAS

1. Las personas que sean contratadas deberán ser jóvenes de 16 o más años y que no hayan cumplido 30 años, y encontrarse desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en el Instituto Aragonés de Empleo en el momento de comenzar la relación contractual.

2. Las personas trabajadoras objeto de contratación se seleccionarán teniendo en cuenta los siguientes criterios:

a) Mayor adecuación entre la formación académica de la persona joven en relación al programa de investigación que se desea llevar a cabo.

b) Disponer de estudios específicos relacionados con la materia a desarrollar tales como másteres, grados o cualesquiera que, estando homologados por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o el Ministerio de Universidades, les otorguen mayores capacidades y competencias para llevar a cabo el programa de investigación.

3. La valoración curricular de las personas candidatas por parte de las entidades beneficiarias deberá realizarse mediante el uso de curriculum vitae ciego

6.- PLAZO DE SOLICITUD.

Hasta el 14 de abril de 2022.

CONVOCATORIA