• Normativa reguladora: Orden EIE/271/2017, publicada en BOA nº 52 de 16/03/2017
  • Orden de convocatoria: Orden EIE/300/2023, publicada en BOA nº 159de 27/03/2023.
  • Entidad convocante: Departamento de Economía, Planificación y Empleo (DGA)

1.- OBJETO Convocar para el ejercicio 2023, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas dirigidas al fomento del acondicionamiento de instalaciones destinadas al alojamiento en condiciones adecuadas de personas trabajadoras que presten servicios de temporada en explotaciones agropecuarias en la Comunidad Autónoma de Aragón.

2.- BENEFICIARIOS Empresas, empresarios autónomos y cooperativas agrarias que se encuentren legalmente constituidas, realicen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón.

3.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.

Las reformas, acondicionamientos o ampliaciones de inmuebles, ya constituyan obra menor o mayor, así como la compra o alquiler de módulos prefabricados cuyo objeto sea el alojamiento de personas trabajadoras temporales del sector agropecuario en Aragón.

4.- GASTOS SUBVENCIONABLES.

1.1. En el supuesto de acondicionamiento, reforma o ampliación de inmuebles: los importes correspondientes a los gastos de acondicionamiento, reforma o ampliación de los alojamientos.

1.2. En el supuesto de instalación de módulos prefabricados: los importes correspondientes a los gastos de la compra e instalación del prefabricado, incluida la cimentación para apoyo y nivelación del módulo, arquetas y fosos correspondientes y las acometidas de agua y de luz.

1.3. En el supuesto de alquiler del módulo prefabricado: los importes derivados de su instalación: exclusivamente la cimentación para apoyo y nivelación del módulo, arquetas y fosos correspondientes y las acometidas de agua y de luz.

1.4. Subsidiariamente, los gastos derivados de adquisición de equipamiento y mobiliario básico por parte de la persona o entidad beneficiaria, en el caso de existir presupuesto, una vez concedidas las subvenciones objeto de esta convocatoria.

5.- CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA.

Según la puntuación obtenida en aplicación de los citados criterios, se subvencionarán los siguientes porcentajes, con el límite máximo de veinte mil euros (20.000 €):

– 80% del importe de la base del presupuesto subvencionable presentado para los proyectos que obtengan una puntuación entre 45 y 50 puntos.

– 70% del importe de la base del presupuesto subvencionable presentado para los proyectos que obtengan una puntuación entre 40 y 44 puntos.

– 60% del importe de la base del presupuesto subvencionable presentado para los proyectos que obtengan una puntuación entre 25 y 39 puntos.

6.- PERIODO SUBVENCIONABLE.

Estas acciones deberán haber sido ejecutadas entre el periodo del 1 de enero al 15 de octubre de 2023.

7.- PLAZO DE SOLICITUD:

El plazo para la presentación de la solicitud será hasta el 15 de abril de 2023.

CONVOCATORIA