• Normativa reguladora y convocatoria: BOP nº 27 de 10/02/2023
  • Entidad convocante: Departamento de Iniciativas Locales de Diputación Provincial de Huesca.

1.- BENEFICIARIOS. Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las personas, físicas o jurídicas y ayuntamientos de la provincia de Huesca que cumplan todos los requisitos exigidos en la convocatoria.

2.- GASTOS SUBVENCIONABLES.

Son subvencionables los gastos derivados de las actuaciones siguientes:

– El establecimiento de nuevas plantaciones con plantas micorrizadas con Tuber melanosporum (trufa negra).

– La mejora de las plantaciones existentes, mediante la instalación de un sistema de riego.

3.- REQUISITOS.

Se entenderá por parcela o subparcela las así identificadas en el Catastro y deberán cumplir los siguientes requisitos:

4.2.1. Requisitos comunes para nueva plantación y mejora de plantaciones.

a) La propiedad deberá corresponderse con el solicitante, o deberá acreditarse por escrito la autorización del propietario para realizar la plantación y su explotación como mínimo durante ocho años a partir de 2023.

b) Las parcelas tendrán una superficie mínima de 2.000 m2 y deberán situarse entre los 450-1200 metros sobre el nivel de mar.

c) En el supuesto de que se solicite subvención para una parte de una parcela, será necesario que esa parte supere la superficie mínima y esté dispuesta de forma contigua, no pudiendo ser objeto de subvención dos partes discontinuas de una misma parcela.

d) Cuando el espacio esté sujeto a limitaciones medioambientales y otro tipo de protección, el solicitante deberá disponer de las licencias, permisos y autorizaciones necesarias para realizar la plantación concedida por el organismo competente.

e) Una parcela sólo podrá recibir, para cada tipo de actuación (nueva plantación y mejora de la misma), una única subvención y no podrá ser subvencionada en convocatorias posteriores, salvo que la concesión haya sido para una parte o sector de la parcela claramente delimitado en la solicitud y la nueva subvención se destine para otra parte o sector diferente

4.2.2. Requisitos de las nuevas plantaciones:

a) Las especies a utilizar serán encina o roble inoculadas en su sistema radicular con Tuber melanosporum (trufa negra) a razón de 200-250 plantas por hectárea.

b) Para acreditar la correcta micorrización, los beneficiarios de la subvención deberán presentar una muestra de plantas del lote que se va a plantar al Centro de Investigación y Experimentación en Truficultura (CIET) y obtener su informe técnico favorable.

c) Las características físico-químicas de la tierra a partir de los análisis del suelo deberán contar con el informe favorable de los técnicos en la materia, de acuerdo con lo indicado en el modelo “Análisis Suelo”.

d) La construcción de un cercado completo que incluya una puerta de entrada en la parcela sujeta a subvención.

e) La parcela o subparcela donde se instale la plantación y para la que se destine la subvención, se dedicará exclusivamente a truficultura.

f) Los solicitantes de subvención para nuevas plantaciones deberán presentar el documento que acredite que se ha solicitado la concesión de agua, la autorización de aprovechamiento o la garantía de riego de la parcela objeto de subvención, por cualquier procedimiento autorizado, o la concesión o autorización ya concedida, en su caso.

4.2.3. Requisitos para la mejora de plantaciones mediante riego:

a) Podrán solicitar la subvención los titulares de parcelas con cultivo de plantas micorrizadas con Tuber melanosporum en las que la plantación se realizó antes del 1 de enero de 2019.

b) Los solicitantes de subvenciones de mejora de plantaciones mediante riego deberán disponer del documento que acredite la concesión de agua, la autorización de aprovechamiento o la garantía de riego de la parcela objeto de subvención por cualquier procedimiento autorizado

4.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN.

La subvención máxima por solicitante será de 20.000 € por todos los conceptos, es decir, por vallado y por riego.

La Diputación subvencionará las nuevas plantaciones a razón de 10 €/ml de vallado y las mejoras de las plantaciones a razón de 3.500 € por hectárea.

5.- PLAZO DE SOLICITUD. El plazo para la presentación de las solicitudes será hasta el 10 de marzo de 2023.

CONVOCATORIA