1.-OBJETO Y LINEAS DE AYUDA.

 Convocar ayudas públicas, concedidas en régimen de concurrencias competitivas, destinadas a startups y pequeñas y medianas empresas para impulsar proyectos de innovación en el marco del proyecto TechFabLab del programa Retech.

 2.- BENEFICIARIOS.

Podrán ser beneficiarias de las presentes ayudas, exclusivamente startups y Pymes establecidas en la Comunidad Autónoma que desarrollen proyectos o actividades industriales, transformadoras, productivas, de servicios técnicos ligados al producto-proceso y conexos a las anteriores, así como las del ámbito tecnológico y/o digital.

3.- GASTOS SUBVENCIONABLES

  • Gastos de personal directamente relacionado con la realización del proyecto. Con independencia de los costes reales en que la entidad beneficiaria haya incurrido, no se admitirán costes/hora superiores a 30 euros.
  • Los costes de instrumental y material en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.
  • Los costes de investigación contractual, en condiciones de plena competencia a precio de mercado.
  • El coste de compra, leasing, renting y adquisición de cualquier activo material e inmaterial, incluida la adquisición de equipos, sensores, software, aplicaciones informáticas, equipamientos tecnológicos, gestión y mantenimiento de servidores o almacenamiento de información online, destinado exclusivamente durante la actuación y que posibilite la utilización adecuada del equipamiento adquirido, siempre que tengan relación directa con la ejecución de las actividades y no exista otra financiación para las mismas
  • Los gastos de asistencias externas, como análisis, asistencias técnicas, elaboración de protocolos o informes previos.
  • Gastos de material fungible.

4.- CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA.

  • La intensidad de la ayuda será del 80% en el caso de startups y del 50% para el resto de beneficiarios.
  • La cuantía máxima de ayuda por proyector será de 30.000 €.
  • Las subvenciones previstas en esta convocatoria están sometidas al régimen de minimis en los términos establecidos en el Reglamento (UE) n.º 2023/2831, de la Comisión, de 13 de diciembre, («Diario Oficial de la Unión Europea», de 15 de diciembre de 2023) relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de minimis.

 5.- PERIODO SUBVENCIONABLE.

Gastos producidos del 1 de enero hasta el 30 de septiembre de 2025.

6.- PLAZO Y FORMA DE SOLICITUD.

  •  La solicitud se cumplimentará y firmará obligatoriamente por medios electrónicos a través de la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Aragón conforme al modelo específico disponible en la dirección electrónica https://aplicaciones.aragon.es/tramitar/ayudas-innovacion-techfablab-2025 o accediendo a través de la dirección http://www.aragon.es/tramites y localizando el trámite, mediante la inclusión en el buscador, del número 10992. Esta solicitud será dirigida automáticamente al Instituto Aragonés de Fomento.
  • El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el “Boletín Oficial de Aragón”.

6. – NORMATIVA APLICABLE

  • Convocatoria: ORDEN PEJ,/622/2025 de 27 de mayo (BOA nº 109, de 10/06/52025), por la que se convocan ayudas para impulsar proyectos de innovación, a través de la iniciativa “Techfablab” en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para el ejercicio de 2025.
  • Entidad convocante: Vicepresidencia del Gobierno y Departamento de Presidencia, Economía y Justicia.
  • Bases reguladoras: Orden PEJ/1127/2024 de 16 de septiembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para impulsar proyectos de innovación, a través de la iniciativa “TechFabLab”, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2024, publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 190, de 30 de septiembre de 2024.

CONVOCATORIA