1.- OBJETO.
El objeto de esta Orden es la convocatoria de las ayudas al fomento de actividades culturales organizadas por las librerías en Aragón correspondiente al año 2026, con el objetivo de apoyar actividades culturales realizadas por librerías con domicilio social en Aragón para fomentar programas de promoción de la lectura y difusión del libro y de los autores aragoneses o de fuera de la Comunidad mediante presentaciones, encuentros o acontecimientos similares.
2.- BENEFICIARIOS.
Podrán ser personas o entidades beneficiarias de estas ayudas las librerías que, formalmente constituidas como empresas, personas físicas y jurídicas, y con
domicilio social en Aragón, el día de finalización del plazo de presentación de las solicitudes reúnan los siguienter requisitos: tener como actividad principal la venta de libros (epígrafe de alta en el IAE (659,4) y disponer de un establecimiento físico, abierto al público en general.
2.- GASTOS SUBVENCIONABLES.
Cachés de los participantes en la actividad.
Gastos derivados del arrendamiento de bienes de equipamiento de imagen y/o sonido que sean necesarios para la actividad.
Gastos de alojamiento y desplazamiento de los participantes.
Gastos de publicidad y promoción de las actividades.
Gastos por el pago del salario y la Seguridad Social correspondiente al periodo de tiempo empleado en la realización de la actividad, cuando el trabajo se realiza por personal de la empresa, en la parte que corresponda de acuerdo con principios y normas de contabilidad generalmente admitidas y, en todo caso, en la medida que tales costes correspondan al periodo en que efectivamente se realiza la actividad. El porcentaje máximo a imputar sobre los costes directos del presupuesto presentado será del 10%.
Gastos generales de la empresa (alquiler de oficina, teléfono, luz, gas, agua, limpieza, gestoría) con un máximo del 10% de los costes directos del presupuesto presentado.
2.- ACTUACIONES SUBVENCIONABLES.
Se consideran actividades subvencionables aquellas destinadas al fomento de programas de promoción de la lectura y difusión del libro y de los autores aragoneses o de fuera de la Comunidad mediante presentaciones, encuentros o actividades similares.
Las empresas solicitantes podrán presentar cuantos proyectos consideren que reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, siempre que estén realizados entre el 14 de noviembre de 2025 y el 13 de noviembre de 2026
3.- CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN.
La cuantía individualizada de la subvención no podrá ser inferior a 1.000,00 euros ni superior a 4.000,00 euros.
5.- PLAZO DE SOLICITUD.
Diez días hábiles contados a partir del siguiente a la publicación del extracto en el B.O.A: 13 de abril de 2026.
- Normativa reguladora:
- Convocatoria:ORDEN ECD/485/2026, de 13 de marzo, por la que se convocan ayudas al fomento de actividades culturales organizdas por las librerías en Aragón para el ejercicio 2026.
- Entidad: Departamento de Educación, cultura y Deporte del Gobierno de Aragón.