• Normativa: Real Decreto 284/2021, de 20 de abril.

  • Orden de convocatoria: BOA nº 241, del 25/11/2021.

  • Entidad convocante: Departamento de Vertebración del Territorio, Movilidad y Vivienda.

1.- OBJETO. La presente convocatoria se efectúa para la realización en el año 2022 de los seis exámenes previstos en el artículo 17 de la citada disposición, y referida a los permisos de conducción de las categorías C1, C1+E, C, C+E, D1, D1+E, D, D+E o de un permiso reconocido como equivalente.

2.- EXÁMENES. Existen dos modalidades de examen para cada una de las especialidades: ordinaria y promoción. Se podrán examinar en la modalidad promoción los aspirantes que sean titulares del certifcado de aptitud profesional en la especialidad de mercancías o viajeros y pretendan examinarse para obtener el certifcado de la otra especialidad (viajeros o mercancías).

  • Los exámenes en la modalidad ordinaria constarán de 100 preguntas tipo test, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, siendo las respuestas correctas valoradas positivamente con 1 punto y las erróneas penalizadas con 0,5 puntos negativos; las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán ni positiva ni negativamente. Los aspirantes dispondrán de dos horas para realizar el examen en esta modalidad.
  • Los exámenes en la modalidad promoción constarán de 25 preguntas tipo test, cada una de las cuales contará con cuatro respuestas alternativas, siendo las respuestas correctas valoradas positivamente con 1 punto y las erróneas penalizadas con 0,5 puntos negativos; las preguntas no contestadas o que contengan más de una respuesta no puntuarán ni positiva ni negativamente. Los aspirantes dispondrán de 30 minutos para realizar el examen en la modalidad citada. 

3.- SOLICITUD. El plazo de que dispondrán los interesados para la presentación de la solicitud de participación en el examen correspondiente será de 15 días hábiles, contados desde la fecha que figura en el anexo a esta Resolución como fecha de inicio de presentación de solicitudes.

Se deberá abonar el pago de la tasa 05, tarifa 03, (modelo de autoliquidación 505) por el importe establecido en el anexo II de la Orden HAP/201/2016, de 22 de febrero (publicada en el “Boletín Oficial de Aragón”, número 54, de 18 de marzo de 2016).

4.- RESIDENCIA Y REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.

  • Los aspirantes a la obtención de la cualificación inicial podrán concurrir a las pruebas que se convoquen y realicen por los órganos competentes, con independencia de su lugar de residencia habitual o del lugar en el que hubieran realizado el curso preceptivo.
  • Los aspirantes tendrán que haber finalizado el curso de formación inicial en el año inmediatamente anterior a la fecha del examen.
  • Si el Tribunal Calificador, en cualquier momento del procedimiento, tuviera conocimiento o dudas fundadas de que alguno de los aspirantes incumple alguno de los requisitos exigidos en la convocatoria, podrá requerirle los documentos acreditativos de su cumplimiento. En el caso de que no queden acreditados, el aspirante será excluido de las pruebas.

5.- RESULTADOS Y NOTIFICACIONES

El Tribunal calificador de las pruebas publicará la lista provisional de resultados de las valoraciones de los exámenes con la calificación de “apto” o “no apto” en la página web del Gobierno de Aragón, lo que sustituirá a la notificación personal. Una vez publicada esta lista, se abrirá un plazo de diez días hábiles para la presentación de alegaciones ante el Tribunal calificador.

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