La tarifa plana de 50 euros en las cotizaciones a la Seguridad Social para autónomos permitió que 107.869 menores de 30 años se hayan convertido en emprendedores, según informó el Ministerio de empleo con motivo del Día Internacional de la juventud.

La reducción en la cuota de autónomos para  emprendedores es una de las medidas aprobadas por el Gobierno para combatir el desempleo juvenil. 

El ahorro para un joven emprendedor puede llegar a ser de hasta 1.200 euros durante los seis primeros meses si paga la “tarifa plana” de emprendedor de 50 euros mensuales,  en lugar de los 250 euros que como mínimo pagan habitualmente los autónomos.


¿Quiénes se pueden beneficiar de esta “tarifa plana” en autónomos?

Pueden solicitar esta tarifa todos emprendedores que por primera vez, decidan darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o no hayan estado dados de alta en los cinco años anteriores y no tengan trabajadores a su cargo.  Durante los primeros 30 meses se les aplicarán reducciones y bonificaciones gradudales en la cuota, de la siguiente manera:

  1. Reducción del 80% durante los 6 primeros meses, es decir, lo que se conoce como “tarifa plana” de 50€ mensuales durante las primeras 6 mensualidades, si la base de cotización que se elige es la mínima.
  2. Los siguientes 6 meses, se beneficiarán  de una reducción del 50%, quedando la cuota de autónomos en 127 euros aproximadamente.
  3. Una reducción equivalente al 30% de la cuota durante los 3 meses siguientes (179 euros)
  4. Los últimos 15 meses, hasta completar los 30, la  bonificación será del 30%, con lo que se continará pagando 179 euros mensuales.

“La secuencia para el joven emprendedor será; seis meses pagando 50 euros, los seis siguientes 127 euros y los últimos 18 meses, 179 euros”

 Bonificaciones para jóvenes emprendedores con discapacidad. Cuando estemos en el caso de un trabajador con discapacidad igual o superior al 33%, y fuese menor de 35 años de edad, se beneficiarán durante 5 años de las siguientes reducciones:

Reducción del 80% durante los primeros 12 meses. Es decir, 12 meses de “tarifa plana”. y durante los 4 años siguientes, una bonificación del 50%.

Y si soy joven menor de 30 años y ya estoy dado de alta en autónomos, ¿no me puedo beneficiar de ninguna de estas medidas de apoyo a los emprendedores?

Se mantienen las ventajas que  ya existían para los autónomos menores de 30 años ( 35 años si son mujeres)  de un reducción durante los primeros 15 meses desde la fecha del alta, equivalente al 30 % de la cuota que resulte de aplicar sobre la base mínima el tipo mínimo de cotización vigente en cada momento, y una bonificación, en los 15 meses siguientes a la finalización del período de reducción, también del 30% que ésta.

En esta segunda modalidad, que ya existía para el joven autónomo, estamos hablando de un ahorro en su cuota del  30% durante los primeos 30 meses. 

Con el alta en autónomos, además de cotización para jubilación, asistencia sanitaria y otras prestaciones de la Seguridad Social, el joven emprendedor puede emitir factura por los servicios profesionales prestados, lo que abre más posibilidades para que sea contratado por particulares y empresas.

Fuentes de la información:

Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.