Fecha: 06-02-2018. Fuente: Boletín Oficial de Aragón.

Mediante el Decreto 14/2018, de 23 de enero, del Gobierno de Aragón, se aprueba el nuevo Reglamento de los establecimientos hoteleros y complejos turísticos balnearios en Aragón. Entre las principales novedades, se establecen las menciones «superior» y «gran lujo» para los hoteles de cuatro y cinco estrellas que cumplan con requisitos complementarios. además, se incluye la especialización de los establecimientos del grupo primero y, en concreto, regula los hoteles u hoteles-apartamento de montaña, familiares, deportivos, moteles, de congresos y eventos, enoturísticos, monumentos y rurales. una serie de requisitos complementarios.

A lo largo de su articulado, el Decreto define las condiciones de construcción, instalaciones y equipamiento, según sea exigible con arreglo a la modalidad y categoría del establecimiento. Así como la prestación de servicios, incluyendo el uso y disfrute del alojamiento, los servicios complementarios, la publicidad, la materia de precios y reservas, y las normas de régimen interior. Se hace especial hincapié en el cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad por parte de los establecimientos hoteleros.

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Decreto 14/2018, de 23 de enero, del Gobierno de Aragón, se aprueba el nuevo Reglamento de los establecimientos hoteleros y complejos turísticos balnearios en Aragón.