Subvenciones para la formación de personas jóvenes egresadas o tituladas en competencias digitales, nuevas tecnologías, robótica e Industria 4.0, y posterior contratación laboral o acceso al autoempleo.

  • Normativa: Bases reguladoras Orden EPE/1532/2021, de 15 de noviembre .

  • Orden de convocatoria: Orden EPE/852/2022, de 27 de mayo . (BOA n.º 115, 1606-2022)

  • Entidad convocante: Departamento de Economía, Planificación y Empleo

1.- FINALIDAD Y PERSONAS DESTINATARIAS.

Promover el acceso al empleo de las personas jóvenes formadas en el marco del Programa Pro-Digital, bien mediante su contratación laboral por cuenta ajena o bien mediante su acceso a un puesto de trabajo por cuenta propia o como socias trabajadoras de una cooperativa de trabajo asociado o sociedad laboral.

2.- BENEFICIARIOS.

a) Las empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, los empresarios individuales y trabajadores autónomos y las entidades de carácter privado sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma de Aragón y que, en su condición de empleadoras, contraten a personas jóvenes participantes en el programa.

b) Las sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado que, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón, incorporen como socias trabajadoras o de trabajo a personas jóvenes participantes en el programa.

c) Las personas jóvenes participantes en el programa que, una vez recibida la formación prevista en el programa, se establezcan en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Aragón como trabajadoras autónomas por cuenta propia.

3.- REQUISITOS

a) Contrato de trabajo firmado por ambas partes y formalizado por escrito, en relación al puesto de trabajo a desempeñar en el que se aplique la formación recibida a través del proceso formativo del Programa Pro-Digital y al salario bruto a remunerar.

b) Documento firmado por la persona contratada, conforme al modelo normalizado en que se haga constar su autorización para que el Instituto Aragonés de Empleo pueda recabar los datos necesarios para la verifcación del cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases y en la presente convocatoria.

c) Certificado o volante de empadronamiento expedido por el correspondiente ayuntamiento, acreditativo de la residencia de la persona contratada y de su empadronamiento en el correspondiente municipio, al menos, desde la fecha en que se produzca el inicio de la relación laboral.

4.- PLAZO DE SOLICITUD.

Será de 15 días a contar desde la fecha de alta en la Seguridad Social de la persona contratada.

CONVOCATORIA