1.- OBJETIVO Y LÍNEAS DE AYUDA.

Ayudas para apoyar y sufragar los gastos de funcionamiento o de inversión de la actividad o del espacio en el que se ubique, derivados del relevo generacional de actividades económicas en municipios de la provincia de Huesca, exceptuando la capital.

 2.- BENEFICIARIOS.

Las personas físicas o jurídicas que adquieran un negocio o actividad que se traspase o venda por jubilación del titular o cese de la actividad en el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2026, ubicados en municipios de la provincia de Huesca, exceptuando la capital.

Los negocios traspasados deben haber iniciado su actividad antes del 1 de enero de 2021 y, además, deberán cumplir una de estas dos condiciones:

  1. a) Que estén en funcionamiento en el momento de la transferencia.
  2. b) Que hayan cesado su actividad posteriormente al 1 de enero de 2025.

3.- GASTOS SUBVENCIONABLES.

Gastos corrientes:

  1. Gastos de registro, notaría, informes legalmente preceptivos para el proceso de traspaso.
  2. Gastos de gsetoría o asesoría contable-laboral-fiscal por la puesta en marcha del negocio.
  3. Gastos en estudio de mercado, de viabilidad o plan de negocio, honorarios por redacción de documentos técnicos.
  4. Licencias o tasas
  5. Gastos de publicidad y promoción iniciales, de desarrollo o mejora del negocio online (web, app, tienda virtual).
  6. Comisiones bancarias.

Gastos de inversión:

  1. Equipamiento informático.
  2. Mobiliaria y equipamiento.
  3. Mejoras en la eficiencia energética.
  4. Reforma del local del negocio, obras de sencillez técnica.

 4.- CARACTERÍSTICAS DE LA AYUDA.

La subvención máxima por solicitante será:

– El 80 % del gasto de inversión, con un máximo de 7.000 €.

– El 80 % del gasto corriente, con un máximo de 3.000 €.

5.- PERIODO SUBVENCIONABLE.

El traspaso del negocio o actividad deberá haberse producido entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de septiembre de 2026.

 6.- PLAZO DE SOLICITUD.

Plazo 1: Desde la publicación del extracto en el BOP hasta el 30 de junio de 2026.

Plazo 2: Desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2026.

  • Convocatoria: Decreto n.º 582 de 19 de febrero de 2026 (BOPH nº 31 de 17 de febrero de 2026)
  • Entidad convocante: Diputación Provincial de Huesca

CONVOCATORIA